A partir del 1 de Enero de 2016 las primas de seguro de enfermedad
satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su cobertura y a
la de su cónyuge e hijos menores de 25 años, tendrán la consideración de gastos
deducibles en el IRPF.
El límite
máximo de deducción será de 500 euros por persona o de 1.500 para los miembros
de la familia que tengan discapacidad.