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Las primas de seguro de enfermedad serán deducibles en el IRPF.
20 de Octubre de 2015

A partir del 1 de Enero de 2016 las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de 25 años, tendrán la consideración de gastos deducibles en el IRPF.
El límite máximo de deducción será de 500 euros por persona o de 1.500 para los miembros de la familia que tengan discapacidad.

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